Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre el cumplimiento de su resolución N° 3.918, de 2010, que ordenaba a la Municipalidad de Vilcún reintegrar sumas percibidas indebidamente por funcionarios municipales. El municipio alegó que cumplirla implicaría desatender lo ordenado por la Corte de Apelaciones de Temuco en un recurso de protección, que prohibió descontar a los recurrentes lo pagado conforme al dictamen N° 8.466, de 2008, fallo confirmado por la Corte Suprema. El organismo constató que, tras esa sentencia, el municipio rectificó la forma de pago del incremento previsional conforme a la normativa y jurisprudencia administrativa vigente. Por ello, y dado que cumplir la resolución podría implicar desacato de una sentencia judicial ejecutoriada, dejó sin efecto la resolución N° 3.918, de 2010.