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La Contraloría General de la República se pronunció sobre el cumplimiento de su resoluc…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2011

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre el cumplimiento de su resolución N° 3.918, de 2010, que ordenaba a la Municipalidad de Vilcún reintegrar sumas percibidas indebidamente por funcionarios municipales. El municipio alegó que cumplirla implicaría desatender lo ordenado por la Corte de Apelaciones de Temuco en un recurso de protección, que prohibió descontar a los recurrentes lo pagado conforme al dictamen N° 8.466, de 2008, fallo confirmado por la Corte Suprema. El organismo constató que, tras esa sentencia, el municipio rectificó la forma de pago del incremento previsional conforme a la normativa y jurisprudencia administrativa vigente. Por ello, y dado que cumplir la resolución podría implicar desacato de una sentencia judicial ejecutoriada, dejó sin efecto la resolución N° 3.918, de 2010.

Normas citadas

  • ley 10336 art/67 inc/1
  • dl 3501/80 art/2
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Puede la Contraloría exigir a una municipalidad el reintegro de sumas pagadas indebidamente si una sentencia judicial prohibió descontarlas a los funcionarios?

En este caso, la Contraloría dejó sin efecto su resolución que ordenaba el reintegro, porque cumplirla podía implicar desacato de una sentencia de la Corte Suprema ejecutoriada que prohibió esos descuentos. Además, constató que el municipio ya había corregido la forma de pago conforme a la normativa vigente.

¿Qué ocurre con una resolución de la Contraloría que ordena cumplir un dictamen previo cuando surge una sentencia judicial en sentido contrario?

En este caso, la Contraloría reconoció que la sentencia judicial ejecutoriada debía respetarse y, por ello, dejó sin efecto la resolución que exigía el cumplimiento del dictamen anterior. Así evitó que la municipalidad quedara obligada a desatender lo resuelto por los tribunales.

¿Puede un municipio alegar una sentencia de protección para no cumplir una orden de la Contraloría sobre pagos a funcionarios?

En este caso, la Contraloría aceptó el argumento del municipio y dejó sin efecto la resolución que ordenaba el reintegro, por tratarse de una sentencia judicial ejecutoriada que prohibía los descuentos. Lo resolvió tras constatar que el municipio ya había rectificado la forma de pago del incremento previsional.

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