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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la impugnación de la califica…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la impugnación de la calificación de un funcionario de Carabineros de Chile, cuestionada por la presencia de una evaluadora en la Junta de Apelaciones y por la falta de fundamentación del acuerdo de esa instancia. El órgano concluyó que la participación de la evaluadora no alteró el resultado, pues el acuerdo fue unánime entre los miembros que exige el reglamento, y que el acuerdo sí expuso motivos concretos que justificaron mantener el puntaje otorgado. Asimismo, no advirtió perjuicio por una segunda sesión de la junta calificadora. Sin embargo, instruyó a la institución a adoptar medidas para que sus órganos calificadores se integren exclusivamente por quienes indica la normativa. Por lo anterior, declaró que la evaluación se ajustó a derecho.

Normas citadas

  • dto 5193/59 Inter art/113 inc/1
  • dto 5193/59 Inter art/92 lt/c
  • dto 5193/59 Inter art/123 inc/3
  • dto 5193/59 Inter art/96 lt/c
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Es válida la calificación de un funcionario de Carabineros si una evaluadora participó en la Junta de Apelaciones que resolvió su impugnación?

En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que la participación de la evaluadora no alteró el resultado, porque el acuerdo fue unánime entre los miembros que exige el reglamento. Por eso declaró que la evaluación se ajustó a derecho, aunque instruyó a la institución a integrar sus órganos calificadores solo por quienes indica la normativa.

¿Debe fundamentarse el acuerdo de una Junta de Apelaciones que mantiene el puntaje de calificación de un funcionario?

En este caso, la Contraloría consideró que el acuerdo sí expuso motivos concretos que justificaron mantener el puntaje otorgado. Con ello, la fundamentación cumplió la exigencia, y la evaluación fue declarada conforme a derecho.

¿Una segunda sesión de la junta calificadora de Carabineros invalida el proceso de calificación de un funcionario?

En este caso, la Contraloría no advirtió perjuicio por la realización de una segunda sesión de la junta calificadora. Por ello, este hecho no fue motivo para anular la calificación del funcionario.

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