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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra Carabineros de Chil…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra Carabineros de Chile, que había denegado el acceso a los registros audiovisuales de las cámaras portadas por funcionarios del grupo de operaciones policiales especiales durante labores de control del orden público en la comuna de Santiago, entre el 18 y el 31 de octubre de 2019. El Consejo ordenó la entrega de esa información por tratarse de información pública en poder del organismo, cuyas causales de reserva o secreto no fueron suficientemente acreditadas. En aplicación del principio de divisibilidad, Carabineros deberá previamente proteger los datos personales contenidos en las grabaciones, especialmente las imágenes de personas, niños, niñas y adolescentes, y cualquier otro antecedente que permita identificar a alguna persona. Deberá cumplir en un plazo de 15 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, acreditando la entrega ante el Consejo.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un organismo público puede negarse a entregar registros audiovisuales de sus funcionarios alegando reserva o secreto?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió el amparo y ordenó la entrega de las grabaciones, porque las causales de reserva o secreto invocadas por Carabineros no fueron suficientemente acreditadas. Además, el organismo debe proteger previamente los datos personales que permitan identificar a las personas.

¿Qué significa el principio de divisibilidad en el acceso a la información pública?

En este caso, el Consejo aplicó el principio de divisibilidad para ordenar la entrega de los registros, pero exigiendo que Carabineros proteja previamente los datos personales, especialmente imágenes de personas y de menores de edad. Así, se entrega la información pública sin revelar antecedentes que identifiquen a alguien.

¿En qué plazo debe un organismo cumplir una decisión de amparo del Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo ordenó a Carabineros cumplir la entrega en un plazo de 15 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada, debiendo acreditar el cumplimiento ante el Consejo.

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