Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió acoger un amparo interpuesto contra Carabineros de Chile por la negativa a entregar copia de registros audiovisuales de la videocámara corporal de un funcionario policial, correspondientes a un día y circunstancias específicas. El órgano había alegado la inexistencia de la información, pero no argumentó ni acreditó debidamente esa circunstancia, por lo que el Consejo estimó que se trataba de información de su competencia. Se ordenó su entrega, previa protección de datos personales, especialmente imágenes de personas y de niños, niñas y adolescentes, aplicando el principio de divisibilidad. Si la información no obra en poder del órgano, deberá explicarlo y acreditarlo en sede de cumplimiento, dentro de 5 días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada.