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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por una reclamante en cont…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado por una reclamante en contra de la Superintendencia de Pensiones, que se había negado a entregarle copia del expediente relativo a una pensión de sobrevivencia asociada a ella. El órgano invocó la causal de reserva del artículo 21 N°1 letra b) de la Ley de Transparencia, por tratarse de antecedentes de una decisión aún pendiente. El Consejo la desestimó, porque el órgano no acreditó cómo la entrega podría afectar el privilegio deliberativo de la autoridad ni de qué forma la solicitante podría intervenir en sus decisiones. En consecuencia, se ordenó la entrega de todas las piezas, actos, resoluciones, solicitudes, documentos y anexos del expediente, previa acreditación de identidad de la solicitante. La decisión advierte sanciones por incumplimiento, equivalentes a una multa de 20% a 50% de la remuneración correspondiente.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de FondoOtros

Preguntas frecuentes

¿Puede un órgano de la administración negarse a entregar copia de un expediente alegando que la decisión aún está pendiente?

En este caso, el Consejo para la Transparencia desestimó la reserva invocada por la Superintendencia de Pensiones, porque el órgano no acreditó cómo la entrega podría afectar el privilegio deliberativo de la autoridad. Por ello ordenó entregar todas las piezas del expediente, previa acreditación de identidad de la solicitante.

¿Qué debe probar un órgano público para aplicar la causal de reserva del artículo 21 N°1 letra b) de la Ley de Transparencia?

Según este fallo, el órgano debe acreditar de qué forma la entrega de los antecedentes podría afectar el privilegio deliberativo de la autoridad y la posibilidad de intervención de la solicitante en sus decisiones. La Superintendencia de Pensiones no cumplió esa carga, por lo que el Consejo acogió el amparo.

¿Qué sanción existe si un órgano público no cumple una orden de entrega de información del Consejo para la Transparencia?

El Consejo advierte que el incumplimiento de la orden de entrega puede ser sancionado con una multa de 20% a 50% de la remuneración correspondiente. Esta advertencia figura en la decisión que acogió el amparo contra la Superintendencia de Pensiones.

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