Resumen
El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad promovido por una parte en el juicio de disolución de una caja de ahorros de empleados públicos, respecto de los artículos 557, inciso cuarto, y 559, incisos primero, letra c), y segundo, del Código Civil, así como del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798, sobre control de armas. La requirente cuestionó que estas normas pudieran afectar la autonomía de los cuerpos intermedios, el debido proceso y la proporcionalidad de la sanción. El Tribunal sostuvo que la normativa, en abstracto, es compatible con la Constitución, pues delimita la discrecionalidad administrativa, define la competencia judicial y permite ejercer derechos análogos a los del juicio ordinario. Concluyó que la aplicación del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798 en la gestión judicial pendiente no resulta contraria a la Carta Fundamental, al no implicar una atenuación de las garantías del artículo 19 en materia penal. El fallo fue acogido parcialmente, según el resultado registrado.