El Tribunal Constitucional conoció una cuestión de inaplicabilidad por inconstitucional…
Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019
Resumen
El Tribunal Constitucional conoció una cuestión de inaplicabilidad por inconstitucionalidad promovida en una gestión judicial pendiente, respecto del artículo 1, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que excluye de las penas sustitutivas a ciertos delitos, y del artículo 17 B, inciso segundo, de la Ley N° 17.798, sobre control de armas. La requirente sostuvo que la exclusión total de beneficios sustitutivos era desproporcionada y contraria a la finalidad de reinserción social, vulnerando el artículo 19 N° 3, inciso sexto, de la Constitución. El Tribunal acogió parcialmente el requerimiento respecto del primer precepto, por considerar que su aplicación al caso concreto era desproporcionada y no contribuía a los fines de la pena. Respecto del artículo 17 B, en cambio, concluyó que su aplicación no vulnera la Carta Fundamental, pues no afecta la individualización judicial de la pena sino que fija el marco penal dentro de la potestad del legislador.
Normas citadas
artículo 17B, de LEY 17.798 - ESTABLECE EL CONTROL DE ARMAS.
artículo 65, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 66, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 67, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 68, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 69, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 3, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
artículo 21, inciso N/A, numeral N/A, letra N/A, párrafo N/A, frase "N/A", de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINADebido Procesopenas sustitutivasReinserción socialIgualdad ante la Leyley de control de armasDeterminación de la pena
Preguntas frecuentes
¿Es inconstitucional excluir de las penas sustitutivas, sin excepción, a los delitos de porte ilegal de armas?
En este caso, el Tribunal Constitucional acogió parcialmente el requerimiento respecto del artículo 1, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, por considerar desproporcionada su aplicación al caso concreto y contraria a los fines de la pena. Sin embargo, respecto del artículo 17 B de la Ley N° 17.798, concluyó que su aplicación no vulnera la Constitución.
¿El legislador puede fijar el marco penal de un delito de armas sin afectar la individualización judicial de la pena?
En este caso, el Tribunal Constitucional concluyó que el artículo 17 B de la Ley N° 17.798 no afecta la individualización judicial de la pena, pues solo fija el marco penal dentro de la potestad del legislador. Por ello, su aplicación no vulnera el artículo 19 N° 3, inciso sexto, de la Constitución.
¿Puede el Tribunal Constitucional declarar inaplicable una exclusión de penas sustitutivas por razones de reinserción social?
En este caso, el Tribunal acogió el requerimiento contra el artículo 1, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, al estimar que su aplicación al caso concreto era desproporcionada y no contribuía a los fines de reinserción social de la pena. La declaración de inaplicabilidad recayó solo sobre ese precepto.
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