Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
Administrativo

La Contraloría General de la República se pronunció sobre si un organismo de la Adminis…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2018

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre si un organismo de la Administración del Estado debe aplicar de inmediato la pena accesoria de suspensión de cargo u oficio público cuando un funcionario ha sido condenado y su pena principal fue sustituida. El órgano recordó que los artículos 22 y 40 del Código Penal establecen que la suspensión inhabilita para el ejercicio del cargo durante la condena y priva de sueldo, y que las penas sustitutivas reemplazan solo a las principales, no a las accesorias, salvo que un tribunal resuelva otra cosa. Concluyó que los órganos deben aplicar estas penas al tomar conocimiento de ellas, sin perjuicio de lo que decida el tribunal competente. En el caso, el recurrente, un funcionario del Ejército, fue condenado a presidio perpetuo menor en su grado medio sustituido por remisión condicional, con suspensión de cargo durante la condena. Por ello, la Contraloría no advirtió irregularidad en que el Ejército le impusiera la suspensión del cargo y desestimó el reclamo.

Normas citadas

  • ley 18575 art/54 lt/c
  • ley 18575 art/64
  • ley 18834 art/12 lt/f
  • ley 18216 art/1
  • ley 18216 art/38 inc/1
  • Cpe art/22
  • Cpe art/40
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Debe un organismo público suspender de inmediato a un funcionario condenado si su pena principal fue sustituida?

Sí. En este caso, la Contraloría General de la República sostuvo que los órganos deben aplicar la pena accesoria de suspensión de cargo al tomar conocimiento de la condena, porque las penas sustitutivas reemplazan solo a las principales y no a las accesorias, salvo que el tribunal resuelva otra cosa.

¿Qué efectos tiene la suspensión de cargo u oficio público como pena accesoria?

Según este dictamen, la suspensión inhabilita para el ejercicio del cargo durante la condena y priva de sueldo, conforme a los artículos 22 y 40 del Código Penal. La Contraloría recordó estos efectos al analizar el caso.

¿Procede desestimar un reclamo contra la suspensión de un funcionario condenado con pena sustituida?

En este caso, la Contraloría no advirtió irregularidad en que el Ejército impusiera la suspensión del cargo a un funcionario condenado a presidio perpetuo menor en su grado medio sustituido por remisión condicional, y desestimó el reclamo.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2018 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • La Contraloría General de la República se pronuncia sobre la aplicación de penas acceso…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2019

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre una consulta de un funcionari…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2015

  • La Contraloría General de la República fijó un nuevo criterio sobre las penas accesorias.

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2018

  • La Contraloría General de la República resolvió no reconsiderar su dictamen Nº 7.986, d…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2020

  • La Contraloría General de la República se pronunció sobre un reclamo relativo a la apli…

    Dictamen · Contraloría General de la República · 2018

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.