Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una consulta de un hospital respecto de las remuneraciones devengadas por una funcionaria antes de iniciar su permiso postnatal parental. Según el dictamen, durante ese permiso las funcionarias no devengan remuneraciones sino únicamente el subsidio correspondiente, sin perjuicio de su derecho a recibir, en la fecha de pago de la cuota respectiva de la asignación de modernización, el monto devengado antes del inicio o después del término del permiso. Precisó que el tope imponible de 73,2 unidades de fomento, vigente en la época conforme al decreto ley N° 3.500 y a la resolución exenta N° 29 de 2015 de la Superintendencia de Pensiones, solo se aplica al cálculo del subsidio y no a la asignación de modernización. Por ello, ordenó al establecimiento revisar las remuneraciones y el subsidio pagados durante el mes de septiembre de 2015 y efectuar los cobros o pagos que correspondan. Además, recordó que las consultas deben acompañarse del informe jurídico del órgano respectivo, salvo razones calificadas.