Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió los amparos deducidos contra la Municipalidad de Calera de Tango, que buscaban acceder a los currículums vitae y certificados de títulos del personal de planta individualizado en la solicitud. El órgano municipal alegó la causal de reserva por distracción indebida de sus funciones, pero el Consejo estimó que no se acreditó dicha causal. Razonó que los servidores públicos están sujetos a un mayor escrutinio social respecto de sus antecedentes profesionales, y que mantener esa información ordenada y de fácil acceso es una exigencia de una adecuada gestión documental. Por ello, ordenó la entrega de la información, previa reserva de datos personales como firma, RUT, domicilio, teléfono y correo electrónico. Si algún antecedente no existe, la municipalidad deberá informarlo al peticionario y al Consejo. Se fijó un plazo de 10 días hábiles para cumplir.