Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió rechazar un amparo presentado por un ciudadano contra el Instituto de Previsión Social, que buscaba acceder a los ordinarios emitidos por su D.A.L., en los que se informó a la Superintendencia de Pensiones que no procedía desafiliación, en un período que se extendía desde 1983 hasta la fecha de la solicitud. El Consejo acogió la causal de reserva por distracción indebida de funcionarios, dado el volumen y la naturaleza de la información, que exigiría destinar un número considerable de horas de trabajo a identificar los documentos requeridos. No obstante, dejó a salvo la posibilidad de presentar nuevas solicitudes más acotadas, y recomendó al Instituto introducir mejoras en sus sistemas de gestión documental para entregar información de forma expedita y gratuita, en aplicación de los principios de máxima divulgación y facilitación de la Ley de Transparencia. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, en el plazo de 15 días corridos desde la notificación.