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El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2020

Resumen

El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad contra el inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.216, que regula las penas sustitutivas a la privación de libertad. El requirente sostenía que la aplicación de la ley vigente, que excluye estas penas para ciertos delitos, resultaba contraria a la Constitución. La mayoría rechazó el requerimiento, señalando que la determinación de si una ley penal posterior es más favorable corresponde al juez penal de fondo en cada caso concreto, conforme al artículo 19 N° 3 de la Constitución y al artículo 18 del Código Penal. Sin embargo, la parte resolutiva acoge el requerimiento de forma condicional: solo para el caso en que el requirente sea finalmente condenado a una pena inferior a cinco años de privación de libertad. El fallo concluye que no se aportaron elementos que generaran duda razonable sobre una pena desproporcionada, inhumana o degradante.

Normas citadas

  • artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
  • artículo 17 B, de Ley N° 17.365
  • artículo 2, de Ley N° 20.015
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 2, inciso primero
  • Constitución Política, artículo 19, numeral 3, inciso sexto
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la pena

Preguntas frecuentes

¿Puede el Tribunal Constitucional decidir si una ley penal posterior es más favorable al condenado en lugar del juez penal?

En este caso, el Tribunal Constitucional sostuvo que determinar si una ley penal posterior es más favorable corresponde al juez penal de fondo en cada caso concreto, conforme al artículo 19 N° 3 de la Constitución y al artículo 18 del Código Penal.

¿Se puede pedir al Tribunal Constitucional que declare inaplicable la exclusión de penas sustitutivas de la Ley N° 18.216 para ciertos delitos?

En este caso, el Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad contra el inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.216 y lo rechazó por mayoría, aunque su parte resolutiva lo acogió de forma condicional, solo si la condena es inferior a cinco años de privación de libertad.

¿Cuándo es inconstitucional una pena por ser desproporcionada, inhumana o degradante?

En este caso, el Tribunal Constitucional concluyó que no se aportaron elementos que generaran duda razonable sobre una pena desproporcionada, inhumana o degradante, por lo que no acogió ese reproche.

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