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La Contraloría General de la República acogió el reclamo de un funcionario municipal qu…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2014

Resumen

La Contraloría General de la República acogió el reclamo de un funcionario municipal que cuestionaba sus calificaciones por falta de fundamento, tanto del acuerdo del órgano evaluador como de la resolución de la alcaldesa que rechazó su apelación. El organismo constató que el decreto que desestimó el recurso se limitó a mantener el puntaje sin expresar las situaciones objetivas consideradas, lo que no se ajusta a derecho. Se abstuvo de pronunciarse sobre la alegación relativa a las condiciones de trabajo, por tratarse de una materia de mérito que corresponde a las autoridades evaluadoras, y señaló que calificaciones anteriores sobresalientes no impiden una ponderación distinta en un período posterior. En consecuencia, ordenó retrotraer el proceso calificatorio del período 2011-2012 a la etapa en que la junta dicte una nueva resolución debidamente fundada, y que el municipio informe lo resuelto en un plazo de 15 días hábiles.

Normas citadas

  • ley 18883 art/47
  • ley 18883 art/156
  • ley 18883 art/42
  • dto 1228/92 INTER art/28
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Debe fundamentarse la resolución que rechaza la apelación de una calificación funcionaria municipal?

En este caso, la Contraloría General de la República constató que el decreto que desestimó la apelación solo mantuvo el puntaje sin expresar las situaciones objetivas consideradas, lo que no se ajusta a derecho. Por eso ordenó retrotraer el proceso calificatorio para que se dicte una nueva resolución debidamente fundada.

¿Puede la Contraloría revisar si las condiciones de trabajo justifican una calificación funcionaria?

En este caso, la Contraloría se abstuvo de pronunciarse sobre la alegación relativa a las condiciones de trabajo, por tratarse de una materia de mérito que corresponde a las autoridades evaluadoras. Tampoco aceptó que la calificación anterior sobresaliente impidiera una ponderación distinta en un período posterior.

¿Las buenas calificaciones anteriores impiden que un funcionario municipal sea calificado más bajo en un período posterior?

En este caso, la Contraloría señaló que calificaciones anteriores sobresalientes no impiden una ponderación distinta en un período posterior. Acogió el reclamo solo por falta de fundamento del acuerdo evaluador y de la resolución que rechazó la apelación.

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