Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre una consulta relativa a la compatibilidad entre dos empleos: la eventual designación como director titular de un Servicio de Salud, plaza adscrita al Sistema de Alta Dirección Pública, y la conservación de un cargo liberado de guardias. La Subsecretaría de Redes Asistenciales había opinado que ambos empleos serían compatibles. El órgano contralor recordó que el artículo 14 de la ley N° 15.076 establece, como regla general, la incompatibilidad de empleos, produciendo la designación en un cargo incompatible la vacancia del anterior por el solo ministerio de la ley, y que las excepciones previstas en esa norma no aplican a la plaza de director. Respecto del cargo de guardias, precisó que el artículo 44 de la misma ley, que permite a profesionales con más de 20 años de guardias conservar sus derechos, no altera la regla de incompatibilidad, pues su único fin es beneficiar al servidor con un cargo adicional en extinción. En consecuencia, concluyó que la profesional, si accede como titular a la dirección del Servicio de Salud Coquimbo, no podrá conservar el cargo liberado de guardias que posee.