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El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2022

Resumen

El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad respecto del artículo 1°, inciso segundo, de la Ley N° 18.216, que excluye la posibilidad de aplicar penas sustitutivas a la privativa de libertad en ciertos delitos. La parte requirente sostenía que dicha exclusión total era desproporcionada y vulneraba la igualdad ante la ley y el debido proceso, al impedir que el juez ponderara las circunstancias del caso y las características del condenado. El Tribunal rechazó el requerimiento, razonando que el legislador puede excluir el acceso a penas sustitutivas en delitos que conllevan un reproche adicional, como la violencia de género, el uso de armas prohibidas o robadas y el tráfico de drogas, sin que ello resulte discriminatorio ni carente de razonabilidad. La determinación de la pena que pudiera imponerse corresponde al tribunal penal competente y no a esta Magistratura.

Normas citadas

  • artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
  • artículo 17 B, de Ley N° 17.365
  • artículo 9, inciso primero, de Ley N° 17.365
  • artículo 65, de Código Penal
  • artículo 69, de Código Penal
  • artículo 74, de Código Penal
  • Ley N° 20.000
  • artículo 51, de Ley N° 20.000
Tribunal ConstitucionalINApenas sustitutivasley de control de armasPrincipio de proporcionalidad de la PenaIgualdad ante la LeyDeterminación de la pena

Preguntas frecuentes

¿Es constitucional excluir totalmente las penas sustitutivas a la privativa de libertad en ciertos delitos?

En este caso, el Tribunal Constitucional rechazó el requerimiento y sostuvo que el legislador puede excluir el acceso a penas sustitutivas en delitos con un reproche adicional, sin que ello sea discriminatorio ni carente de razonabilidad.

¿Puede el juez ponderar las circunstancias del caso cuando la ley impide aplicar penas sustitutivas?

En este caso, el Tribunal Constitucional entendió que, cuando la ley excluye expresamente las penas sustitutivas en ciertos delitos, la exclusión no vulnera el debido proceso ni la igualdad ante la ley por impedir al juez ponderar las características del condenado.

¿Qué órgano debe determinar la pena aplicable en un caso de excepción a las penas sustitutivas?

En este caso, el Tribunal Constitucional precisó que la determinación de la pena que pudiera imponerse corresponde al tribunal penal competente y no a esa Magistratura, que solo resolvió sobre la constitucionalidad de la norma.

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