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La Contraloría General de la República ratificó sus oficios N° 16.892, de 2011, y N° 21…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2013

Resumen

La Contraloría General de la República ratificó sus oficios N° 16.892, de 2011, y N° 21.756, de 2012, y concluyó que no procede conceder jubilación en el régimen de la ex Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas por un cargo desempeñado en calidad de suplente. El médico solicitante había efectuado cotizaciones en una plaza de 28 horas semanales de Obstetricia y Ginecología del Servicio de Salud del Maule, que conservó en propiedad. Sin embargo, el dictamen explica que el artículo 11 del decreto con fuerza de ley N° 1.340 bis, de 1930, exime de descuentos a quienes realizan suplencias, de modo que la suplencia no estaba afecta a cotizaciones. Por ello, la causal de expiración obligada de funciones del artículo 12 del decreto ley N° 2.448, de 1978, sólo podía aplicarse a dicha suplencia, lo que impedía el beneficio. Además, el solicitante tampoco cumplía los requisitos de vejez, antigüedad o invalidez en ese régimen a la fecha de su cese.

Normas citadas

  • dl 2448/78 art/12
  • dfl 1340/30 bis art/11 inc/fin
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Procede jubilar en el antiguo régimen de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas por servicios prestados como suplente?

No, según este dictamen de la Contraloría General de la República. Como el artículo 11 del decreto con fuerza de ley N° 1.340 bis exime de descuentos a quienes realizan suplencias, la suplencia no estaba afecta a cotizaciones, y la causal de expiración de funciones del artículo 12 del decreto ley N° 2.448 solo podía aplicarse a ella.

¿Puede computarse para una jubilación en este régimen un cargo en que se hicieron cotizaciones si al mismo tiempo se ejercía una suplencia?

En este caso, el solicitante había cotizado en una plaza de 28 horas semanales que conservó en propiedad, pero la Contraloría concluyó que la suplencia impedía el beneficio. El dictamen ratificó sus oficios previos y no concedió la jubilación.

¿Qué requisitos de vejez, antigüedad o invalidez exige el régimen de la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas para jubilar en este caso?

En este caso, la Contraloría sostuvo que el solicitante no cumplía los requisitos de vejez, antigüedad ni invalidez en ese régimen a la fecha de su cese. Esa circunstancia fue un fundamento adicional para negar la jubilación.

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