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Tributario: SII, jurisprudencia judicial tributaria

Resumen del criterio jurisprudencial

La Excma. Corte Suprema rechazó el recurso de casación en el fondo interpuesto por el contribuyente en contra de la sentencia dictada por la I. Corte de Apelaciones de La Serena, que confirmó la de primera instancia que negó lugar a la nulidad de derecho público, a la nulidad absoluta y al reclamo. El recurrente denunció infracción a los incisos 1° y 2° del artículo 200 del Código Tributario, ya que se le hizo aplicable el plazo de prescripción de 6 años en circunstancia que el Servicio no probó que las declaraciones de IVA eran maliciosamente falsas, puesto que, nunca acreditó la mala fe o dolo de su parte, sino que lo dio por demostrado por el uso del crédito fiscal contenido en las facturas que calificó de falsas. Señaló que lo anterior estaría ratificado en Circular 73, de 2001. En relación al crédito, expuso que incluso en caso de que las facturas sean calificadas de falsas puede conservar su derecho a crédito fiscal, y aun sin cumplir con los requisitos de los inciso 2° y 3° del artículo 23 N° 5 del DL N° 825, por tratarse de casos donde prima el principio de buena fe. Fue un hecho establecido que las facturas adolecían de falsedad material e ideológica. La Corte, respecto a la primera de las alegaciones señaló que no era efectivo, como señaló el recurrente, que no se demostró su mala fe, toda vez, que en virtud de lo dispuesto en el artículo 21 del Código Tributario, le correspondía al contribuyente acreditar la veracidad de sus asertos. En cuanto a la segunda alegación, esto es, la posibilidad de mantener el derecho a crédito, en virtud de lo expuesto en el artículo 23 N° 5 del DL 825, la Corte no se refirió, pues indicó que el recurrente basó esta parte de su recurso en hechos que difieren de los asentados en el proceso. Por último, la Corte razonó sobre hacer aplicable el artículo 33 de la Ley de Impuesto a la Renta, y al respecto señaló, que no es procedente, llevar a gasto o costo – para los fines del impuesto a la renta-, los desembolsos que tienen como respaldo antecedentes calificados de falsos.

SIIjurisprudencia judicial tributaria

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.