Resumen del criterio jurisprudencial
El contribuyente empresario se encuentra obligado a demostrar el origen de las rentas que posibilitan su inversión (es) mediante contabilidad, ya que al estar afectada la actividad comercial a las normas del Impuesto de Primera Categoría es evidente que debe tributar con dicho impuesto, y por ende, estar sujeto a las disposiciones que establece esta exacción.