Resumen del criterio jurisprudencial
Ley N° 16.744. Prestaciones Médicas. Prestaciones Económicas. Si una persona presenta un 10% de incapacidad en el ámbito de la Ley N° 16.744, no cumple el umbral del 15% de esta normativa. Por lo tanto, el Organismo Administrador debe autorizar sus licencias médicas por la patología involucrada, garantizando la continuidad de ingresos y evitando descuentos indebidos en las remuneraciones.