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La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una funcionar…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2012

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre la solicitud de una funcionaria del sector municipal que pidió el bono post laboral de la ley N° 20.305, pese a que su empleador no había tramitado su cese de funciones. El organismo analizó el requisito de cesar en funciones dentro de los doce meses siguientes a cumplir la edad legal y la regla del inciso décimo del artículo noveno transitorio de la ley N° 20.501, según la cual el término de la relación laboral sólo se produce cuando el empleador pone a disposición del profesional la totalidad de la bonificación por retiro voluntario. Concluyó que, al no haberse cumplido ese requisito por causa imputable al empleador, la funcionaria no tiene derecho al bono de la ley N° 20.305.

Normas citadas

  • ley 20305 art/1 inc/1
  • ctr art/161
  • ley 20305 art/2 num/5 ley 20305 art/1
  • dl 3500/80
  • ley 20501 art/noveno tran inc/10
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Tiene derecho al bono post laboral de la ley 20.305 un funcionario municipal si su empleador no tramitó su cese de funciones?

En este caso, la Contraloría General de la República concluyó que no, porque el requisito de cesar en funciones no se cumplió por causa imputable al empleador. Según la regla transitoria de la ley 20.501, el término de la relación laboral solo se produce cuando el empleador pone a disposición la totalidad de la bonificación por retiro voluntario.

¿Cuándo se entiende terminada la relación laboral de un profesional de la educación municipal para efectos del bono de la ley 20.305?

En este caso, el organismo sostuvo que el término de la relación laboral solo se produce cuando el empleador pone a disposición del profesional la totalidad de la bonificación por retiro voluntario, conforme al inciso décimo del artículo noveno transitorio de la ley 20.501. Mientras ese requisito no se cumpla, no se configura el cese exigido para acceder al bono post laboral.

¿Puede exigirse el bono post laboral de la ley 20.305 si el cese dentro de los doce meses siguientes a la edad legal no fue tramitado por el municipio?

En este caso, la Contraloría General de la República resolvió que no procede, porque el requisito de cesar en funciones dentro de ese plazo no se cumplió por una causa atribuible al empleador. Por eso, la funcionaria no tiene derecho a percibir el bono de la ley 20.305.

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