Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la presentación de una profesional de la educación de la Municipalidad de El Bosque, quien reclamaba el bono post laboral del artículo 1° de la ley N° 20.305, pues su empleador aún no había tramitado el cese de sus funciones. El municipio informó que había enviado al Ministerio de Educación la nómina de postulantes al bono del artículo noveno transitorio de la ley N° 20.501, incluyendo a la requirente, cuyo pago estaba en tramitación. El organismo recordó un dictamen anterior que había concluido que, al no haber cesado en funciones dentro de los doce meses siguientes a cumplir 60 años, y no habiendo el empleador puesto a disposición la totalidad de la bonificación de la ley N° 20.501, no procedía el bono de la ley N° 20.305. Como la interesada continuaba en funciones, la Contraloría ratificó ese criterio. No obstante, precisó que sí tiene derecho a la bonificación por retiro voluntario del artículo noveno transitorio de la ley N° 20.501, la que deberá ponérsele a disposición una vez que el Ministerio de Educación entregue a la Municipalidad los fondos solicitados.