Resumen del criterio jurisprudencial
El Servicio Nacional del Consumidor presentó una querella infraccional contra Banco Falabella por operaciones fraudulentas no autorizadas por un cliente, que incluyeron un crédito de consumo por $15.213.000 y transferencias posteriores. El 2° Juzgado de Policía Local de Santiago condenó al banco, y la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la responsabilidad del banco, pero redujo la multa de su máximo a 20 Unidades Tributarias Mensuales. La Corte consideró que no constaba solicitud ni autorización del cliente para el crédito, y que las transferencias se realizaron en una cuenta con transacciones habitualmente bajas. Un ministro disintió, argumentando que según la Ley N°20.009 vigente en abril de 2020, el banco no era responsable porque el cliente no dio aviso antes de las operaciones.