El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo deducido contra la Corporación de A…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020
Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo deducido contra la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana, en el que se pedía acceso a información sobre el criterio general aplicado para otorgar patrocinio judicial gratuito, el tipo de evaluaciones socioeconómicas realizadas y la fecha de la primera, y si concurría alguna causal de implicancia respecto de la abogada a cargo. El Consejo acogió parcialmente el amparo y ordenó entregar esa información, dentro de un plazo y con acreditación de su entrega. Rechazó, en cambio, las solicitudes de investigar si la beneficiaria cumplía los requisitos del privilegio de pobreza y de adoptar medidas para evitar situaciones similares, por no estar amparadas por el procedimiento de acceso a la información. También rechazó la entrega de los antecedentes especiales recabados para otorgar el beneficio, por tratarse de datos personales especialmente protegidos sin consentimiento de su titular ni habilitación legal. Contra la resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.
Normas citadas
Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo
Preguntas frecuentes
¿Se puede pedir al Consejo para la Transparencia que ordene investigar si una persona cumple los requisitos del privilegio de pobreza?
En este caso, el Consejo rechazó esa solicitud, porque la verificación de si una beneficiaria cumple los requisitos del privilegio de pobreza no está amparada por el procedimiento de acceso a la información. Sí acogió parcialmente el amparo y ordenó entregar el criterio general, las evaluaciones socioeconómicas realizadas y si concurría alguna causal de implicancia.
¿Los antecedentes socioeconómicos que sustentan el patrocinio judicial gratuito son públicos?
En este caso, el Consejo rechazó la entrega de los antecedentes especiales recabados para otorgar el beneficio, por tratarse de datos personales especialmente protegidos sin consentimiento de su titular ni habilitación legal. Lo que sí ordenó fue entregar el criterio general aplicado y el tipo de evaluaciones realizadas.
¿Contra una resolución del Consejo para la Transparencia que acoge parcialmente un amparo de acceso a la información procede algún recurso?
En este caso, el Consejo indicó que contra la resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva. La resolución ordenó además entregar la información dentro de un plazo y con acreditación de su entrega.
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