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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Fundación de Orq…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Fundación de Orquestas Juveniles e Infantiles de Chile, ordenando entregar copias de las rendiciones mensuales de gastos de los años 2022 y 2023, correspondientes a aportes del Gobierno Regional del Biobío. Previamente, se deberán tarjar datos personales de contexto de terceros, como RUT, domicilio o teléfonos. El Consejo desestimó la alegación de la fundación de no estar sujeta a la Ley de Transparencia por ser de derecho privado, ya que en casos anteriores la propia fundación había entregado información sin oponerse, validando así la aplicación de dicha ley. Se ordenó notificar la decisión y se advirtió que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Oficio N° 15.143
  • Ley N° 18.575
  • Artículo 10° de la ley N° 20.285
  • Artículo 59 de la ley N° 19.880
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Una fundación de derecho privado que recibe aportes del Gobierno Regional está obligada a entregar información bajo la Ley de Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia desestimó la alegación de la fundación de no estar sujeta a la ley por ser de derecho privado. Consideró que la propia fundación había entregado información en casos anteriores sin oponerse, lo que validó la aplicación de la Ley de Transparencia.

¿Deben entregarse las rendiciones de gastos de aportes públicos recibidos por una fundación, con datos personales de terceros tarjados?

En este caso, el Consejo acogió el amparo y ordenó entregar copias de las rendiciones mensuales de gastos de los años 2022 y 2023 correspondientes a aportes del Gobierno Regional del Biobío. Previamente, deben tarjarse datos personales de contexto de terceros, como domicilio o teléfonos.

¿Qué recursos procede interponer contra una decisión del Consejo para la Transparencia que acoge un amparo?

En este caso, el Consejo ordenó notificar la decisión y advirtió que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones. Esa es la vía que la resolución señala para impugnar lo resuelto.

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