Resumen
El Consejo para la Transparencia resolvió acoger un amparo de acceso a la información presentado contra la Fundación Imagen de Chile, corporación de derecho privado sin fines de lucro. El órgano reclamado sostenía que, por su naturaleza privada, no estaba sujeto a la Ley de Transparencia. El Consejo desestimó esa alegación, al considerar que concurrían los elementos que este organismo ha fijado para tratar como entidad pública a ciertas personas jurídicas de derecho privado de carácter instrumental constituidas por la Administración. Además, estimó que los argumentos de la reclamada no bastaban para dar por cumplida la obligación de informar. En consecuencia, ordenó la entrega de las actas de reuniones del directorio correspondientes a dos meses del año 2019, con el resguardo de datos personales que correspondiera, fijando un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quedara ejecutoriada para cumplir y acreditar la entrega.