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AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la informaci…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la información interpuesto contra el Servicio de Salud Bío-Bío. La recurrente había enviado su solicitud a una casilla institucional que no estaba habilitada para recibir solicitudes amparadas por la Ley de Transparencia. Al no haberse ejercido el derecho de acceso en los términos que exige la ley, el Consejo concluyó que no procedía pronunciarse sobre el amparo. La decisión, adoptada por unanimidad, no impide que la parte presente en el futuro una nueva solicitud, formulada de manera clara y precisa, por los canales correspondientes. Contra esta resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde su notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 19.880
  • D.S. N° 13
  • D.F.L. N° 1
  • Artículo 59 de la Ley N° 19.880
amparoDecisión de inadmisibilidad

Preguntas frecuentes

¿Se puede presentar una solicitud de acceso a la información pública enviándola a cualquier casilla de correo de un organismo?

En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo porque la solicitud se envió a una casilla institucional no habilitada para recibir solicitudes amparadas por la Ley de Transparencia. Al no ejercerse el derecho de acceso en los términos que exige la ley, no procedía pronunciarse sobre el amparo.

¿Qué pasa si un amparo de acceso a la información es declarado inadmisible por el Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo declaró inadmisible el amparo y la decisión, adoptada por unanimidad, no impide que la parte presente una nueva solicitud, clara y precisa, por los canales correspondientes. Contra la resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde su notificación.

¿Cuál es el plazo para reclamar de una resolución del Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo indicó que contra su resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, dentro de 15 días corridos desde su notificación. El resumen no detalla otros requisitos del reclamo.

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