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El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo de acceso a la información interpue…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo de acceso a la información interpuesto por un particular contra la Municipalidad de Las Condes, relacionado con el funcionamiento de la Junta de Alcaldes Providencia Las Condes La Reina. El Consejo constató que el órgano respondió dentro del plazo legal, enviando la respuesta a la casilla electrónica indicada en la solicitud, por lo que no se configuró la infracción alegada a los artículos 24 de la Ley de Transparencia y 36 de su Reglamento. En consecuencia, declaró inadmisible el amparo. Además, indicó que, aun si se hubiese querido reclamar de la respuesta, el amparo sería extemporáneo por exceder el plazo de quince días hábiles. El Consejo adjuntó la respuesta obtenida desde el Portal de Transparencia junto con el comprobante de envío. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de quince días corridos desde su notificación, sin que proceda recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Procede un amparo de acceso a la información si el órgano respondió la solicitud dentro del plazo legal?

En este caso, el Consejo para la Transparencia constató que la Municipalidad de Las Condes respondió dentro del plazo, enviando la respuesta a la casilla electrónica indicada, por lo que no se configuró la infracción a los artículos 24 de la Ley de Transparencia y 36 de su Reglamento y declaró inadmisible el amparo.

¿Cuál es el plazo para presentar un amparo de acceso a la información contra la respuesta de un órgano público?

En este caso, el Consejo señaló que, aun si se hubiese reclamado de la respuesta, el amparo sería extemporáneo por exceder el plazo de quince días hábiles.

¿Qué recurso procede contra una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo?

En este caso, el Consejo indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de quince días corridos desde la notificación, sin que proceda recurso de reposición.

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