El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información interpues…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023
Resumen
El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información interpuesto por un particular en contra de la Corporación de Asistencia Judicial de la Región Metropolitana. La solicitud se refería a asistencia para procesos de pensión de alimentos. El Consejo concluyó que lo requerido correspondía al derecho de petición y no al derecho de acceso a la información pública, por lo que declaró inadmisible el amparo, por unanimidad de sus miembros presentes. La resolución señala que ello no impide que el requirente formule en el futuro una solicitud de acceso a la información pública, precisando el acto o documento requerido, ni que interponga un nuevo amparo en los plazos del artículo 24 de la Ley de Transparencia. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva en 15 días corridos, y no procede el recurso de reposición.
Normas citadas
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadJusticia
Preguntas frecuentes
¿Un requerimiento que busca asistencia en trámites judiciales de pensión de alimentos se puede tramitar como solicitud de acceso a la información pública?
En este caso, el Consejo para la Transparencia concluyó que lo requerido correspondía al derecho de petición y no al derecho de acceso a la información pública, por lo que declaró inadmisible el amparo. Ello no impide formular después una solicitud de acceso precisando el acto o documento requerido.
¿Qué pasa si el Consejo para la Transparencia declara inadmisible un amparo por acceso a la información?
La resolución señala que la inadmisibilidad no impide presentar una nueva solicitud de acceso a la información pública ni interponer un nuevo amparo dentro de los plazos del artículo 24 de la Ley de Transparencia. Contra la decisión no procede reposición, pero sí reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones en 15 días corridos.
¿Cuál es el plazo y la vía para impugnar una decisión del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo?
En este caso, se indica que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva dentro de 15 días corridos, y que no procede el recurso de reposición. La decisión fue adoptada por unanimidad de los miembros presentes.
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