El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Mun…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025
Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo presentado contra la Municipalidad de Curarrehue por la negativa a entregar información sobre funcionarios que, durante 2023, realizaron tareas y que estudian o estudiaron determinados programas educacionales, según las variables solicitadas. El Consejo consideró que se trata de información pública que debe obrar en poder del órgano, conforme al artículo 8° de la Constitución y a la Ley de Transparencia, sin que se invocara causal de secreto o reserva, y que no se cumplió el estándar de búsqueda de la Instrucción General N° 10. En consecuencia, ordenó la entrega de la información, con la obligación de comunicar fundadamente cualquier parte que no exista o no obre en poder del municipio. Rechazó el amparo respecto de la variable de género (sexo registral), por configurarse la causal de reserva del artículo 21 N° 2 en relación con la protección de datos personales. Asimismo, recordó al municipio su deber de publicar la planta y el personal con sus remuneraciones.
Normas citadas
Ley 19628 1999 - Ley de protección de la vida privada
amparoDecisión de FondoEducación
Preguntas frecuentes
¿Un municipio puede negarse a entregar información sobre sus funcionarios y los estudios que realizan si no invoca una causal de reserva?
En este caso, el Consejo para la Transparencia sostuvo que la información sobre funcionarios municipales es pública y debe obrar en poder del órgano, por lo que no basta la negativa cuando no se invoca causal de secreto o reserva. Ordenó la entrega y exigió comunicar fundadamente las partes que no existan.
¿Procede entregar el sexo registral de funcionarios públicos al solicitarlo mediante la Ley de Transparencia?
En este caso, el Consejo rechazó el amparo respecto de la variable de género (sexo registral), al configurarse la causal de reserva del artículo 21 N° 2 de la Ley de Transparencia en relación con la protección de datos personales.
¿Qué deber tienen las municipalidades respecto de la publicación de su planta de personal y remuneraciones?
En este caso, el Consejo recordó a la Municipalidad de Curarrehue su deber de publicar la planta y el personal con sus remuneraciones, en cumplimiento de la normativa de transparencia activa.
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