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El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por una ciudadana en con…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Resumen

El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por una ciudadana en contra de la Subsecretaría del Medio Ambiente, que había pedido el catastro de áreas verdes y estudios de planificación y mantención de las comunas de la Región Metropolitana. La Subsecretaría derivó la solicitud al Gobierno Regional Metropolitano de Santiago, por considerar que era la entidad en mejor posición para responderla. El Consejo estimó que la derivación fue oficiosa y ajustada a la normativa, por lo que no advirtió infracción. Igualmente, recomendó a la recurrida atender a sus criterios en futuras derivaciones. La decisión fue adoptada por unanimidad y procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 16.391
  • Ley N° 18.695
  • Ley N° 19.175
  • DFL N° 1
  • Oficio N° 2720
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede un órgano de la administración derivar una solicitud de transparencia a otro organismo si considera que este está en mejor posición para responderla?

En este caso, el Consejo para la Transparencia estimó que la Subsecretaría del Medio Ambiente derivó oficiosamente al Gobierno Regional Metropolitano una solicitud sobre áreas verdes, por considerar que era la entidad en mejor posición para responder, y que la derivación fue ajustada a la normativa.

¿Qué ocurre si el Consejo para la Transparencia rechaza un amparo de acceso a la información pública?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo al no advertir infracción, aunque recomendó a la Subsecretaría del Medio Ambiente atender a sus criterios en futuras derivaciones. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de 15 días corridos desde la notificación.

¿Cuál es el plazo para presentar un reclamo de ilegalidad contra una resolución del Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo indicó que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de 15 días corridos desde la notificación de la resolución que rechazó el amparo.

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