Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho constitucional
ConstitucionalAcoge

El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…

Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019

Resumen

El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad relativo a una gestión judicial pendiente, en la que se cuestionaba la aplicación del inciso segundo del artículo 17 B de la Ley N° 17.798, sobre control de armas. La parte resolutiva del fallo concluye que dicha aplicación no resulta contraria a la Constitución. Para llegar a esa conclusión, el Tribunal examinó el artículo 103 de la Carta Fundamental, que establece un régimen de autorización previa por ley de quórum calificado para la posesión de armas y encarga a la ley determinar los órganos de supervigilancia, control y fiscalización. Concluyó que de esa norma no se desprende que el mayor margen de discrecionalidad legislativa en esta materia permita atenuar las garantías del artículo 19, en especial los límites a la actividad legislativa en materia penal. El fallo, en consecuencia, rechaza el cuestionamiento constitucional planteado.

Normas citadas

  • artículo 1, inciso segundo, de Ley N° 18.216
  • artículo 17, inciso B, inciso segundo, de Ley N° 17.365
  • artículo 65, de Código Penal
  • artículo 66, de Código Penal
  • artículo 67, de Código Penal
  • artículo 68, de Código Penal
  • artículo 69, de Código Penal
  • artículo 3, de Código Penal
Tribunal ConstitucionalINADeclaración De Inhabilidad Del Presidente De La RepúblicaDerecho A La Proteccion De Datos PersonalesDerecho A La Protección De La Vida PrivadaDerecho A La Seguridad SocialDerechos ImplicitosIgualdad Ante La Ley

Preguntas frecuentes

¿El inciso segundo del artículo 17 B de la Ley de Control de Armas es constitucional si se aplica en una causa penal?

En este caso, el Tribunal Constitucional resolvió que la aplicación del inciso segundo del artículo 17 B de la Ley N° 17.798 no resulta contraria a la Constitución, rechazando el requerimiento de inaplicabilidad.

¿El artículo 103 de la Constitución permite al legislador atenuar las garantías del artículo 19 en materia de armas?

En este caso, el Tribunal sostuvo que el mayor margen de discrecionalidad que da el artículo 103 para regular la posesión de armas no permite atenuar las garantías del artículo 19, en especial los límites a la actividad legislativa en materia penal.

¿Cuál es el régimen constitucional para la posesión de armas en Chile?

En este caso, el Tribunal explicó que el artículo 103 de la Constitución exige autorización previa por ley de quórum calificado para la posesión de armas y encarga a la ley determinar los órganos de supervigilancia, control y fiscalización.

Más jurisprudencia de derecho constitucional de 2019 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…

    Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019

  • El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inaplicabilidad por inconstituci…

    Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019

  • El Tribunal Constitucional revisó si el inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.…

    Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019

  • El Tribunal Constitucional examinó un requerimiento que cuestionaba la exclusión de pen…

    Sentencia · Tribunal Constitucional · 2018

  • El Tribunal Constitucional acogió parcialmente un requerimiento de inaplicabilidad cont…

    Sentencia · Tribunal Constitucional · 2019

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.