El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las no…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025
Resumen
El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un reclamo por infracción a las normas de transparencia activa presentado por una empresa comercializadora de artículos deportivos en contra de la Municipalidad de Pitrufquén. La empresa sostuvo su presentación en el artículo 7º de la Ley de Transparencia y en el artículo 51 de su Reglamento, pero el Consejo concluyó que su objetivo era manifestar su descontento por el no pago de una factura y la falta de respuesta a sus comunicaciones, y no reclamar por la falta de publicación o completitud de la información que los órganos de la Administración del Estado deben mantener en sus sitios electrónicos. Por ello, estimó que faltaba un elemento habilitante para conocer del reclamo. La resolución, adoptada por unanimidad, indica además que procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de quince días corridos desde la notificación, y que no procede recurso de reposición.
Normas citadas
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
reclamoDecisión de inadmisibilidadOtros
Preguntas frecuentes
¿Procede reclamar ante el Consejo para la Transparencia por infracción a la transparencia activa si lo que se busca es reclamar por una factura no pagada?
En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el reclamo porque la empresa buscaba manifestar su descontento por el no pago de una factura y la falta de respuesta a sus comunicaciones, y no reclamar por la falta de publicación o completitud de la información de transparencia activa.
¿Qué plazo hay para impugnar una resolución de inadmisibilidad del Consejo para la Transparencia?
Según esta resolución, procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones correspondiente, dentro de quince días corridos desde la notificación, y no procede recurso de reposición.
¿Qué se requiere para que el Consejo para la Transparencia conozca un reclamo por transparencia activa?
En este caso, el Consejo estimó que faltaba un elemento habilitante, pues el reclamo debe referirse a la falta de publicación o completitud de la información que los órganos de la Administración del Estado deben mantener en sus sitios electrónicos, y no a otra controversia.
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.