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El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo de acceso a la informaci…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2020

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió parcialmente un amparo de acceso a la información interpuesto contra la Policía de Investigaciones de Chile, relativo a la entrega de antecedentes sobre un procedimiento de destrucción de documentos, la identificación de funcionarios públicos y la tramitación de amparos previos. El Consejo fundamentó su decisión en el deber de probidad y transparencia de la función pública, consagrado a nivel constitucional. Asimismo, dispuso que, en aplicación del principio de divisibilidad, los datos personales de contexto y sensibles deben tarjarse conforme a la Ley sobre Protección de la Vida Privada. Ordenó al organismo entregar la información en un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada y acreditar su cumplimiento. Rechazó el amparo respecto de una petición que el órgano declaró inexistente, siempre que comunicara dicha circunstancia con razones detalladas. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Se puede acceder a información de funcionarios públicos sobre procedimientos de destrucción de documentos en Chile?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió parcialmente el amparo y ordenó entregar la información, fundándose en el deber de probidad y transparencia de la función pública. Los datos personales de contexto y sensibles deben tarjarse según la Ley sobre Protección de la Vida Privada.

¿Qué pasa si un organismo público declara que la información solicitada no existe?

En este caso, el Consejo rechazó el amparo respecto de la petición que el órgano declaró inexistente, siempre que el organismo comunicara esa circunstancia con razones detalladas.

¿Contra qué resolución del Consejo para la Transparencia se puede reclamar?

En este caso, el resumen indica que contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva. El documento no detalla plazos ni requisitos para interponerlo.

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Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.