Resumen del criterio jurisprudencial
La Fiscalía acusó al imputado como autor del delito de robo con fuerza en lugar destinado a la habitación. El acusado reconoció cada uno de los hechos, así como los antecedentes de la investigación, procediéndose conforme a las reglas del procedimiento abreviado. La Defensa solicitó el reconocimiento de las atenuantes del artículo 11 Nº 6 y 9 del Código Penal, y por ende una rebaja de dos grados en la pena, así como el beneficio de la remisión condicional de la pena. Alegó, también, una vulneración de garantías porque el acusado fue detenido por la policía antes de haberse dictado la orden judicial respectiva, declarando ante éstos sin abogado asesor. El Tribunal señaló que esta última alegación debió ser hecha en la audiencia respectiva, aclarando, además, que se había procedido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 85 del Código Procesal Penal. Agregó que declarar ante la presencia de funcionarios de carabineros no implica por sí misma una presión. Acogió las atenuantes alegadas en virtud de su extracto de filiación y por haber declarado aún antes de ser detenido, ayudando en el esclarecimiento de los hechos de manera sustancial por cuanto la restante prueba de cargo no era suficiente para una condena. Finalmente, rechazó la teoría de la Defensa de encontrarse tácitamente derogado el informe presentencial y aclaró que al momento de elaborarse el imputado contaba con asesoría jurídica, por lo que concurrió informado a la entrevista.