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El Ministerio Público presentó acusación en contra de los imputados por el delito de ro…

Resumen del criterio jurisprudencial

El Ministerio Público presentó acusación en contra de los imputados por el delito de robo con fuerza en lugar no habitado, fundado en que éstos habrían ingresado mediante fractura de candados a un local de alcoholes sustrayendo algunas especies. La Defensa solicita al tribunal que aplique una pena de presidio menor en su grado medio basándose en el principio de proporcionalidad que debe existir entre el delito y la pena. El tribunal decide no aplicar la agravante del art. 12 Nº 14 del Código Penal por cuanto el acusado quebrantó su condena y el quebrantamiento constituye un delito por sí mismo, por lo que no puede constituir a su vez una agravante sin transgredir el non bis in ídem (Cita para ello a Etcheberry, Cury y Jurisprudencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel). Asimismo, estima que no concurre la agravante especial del art. 456 bis Nº 3 ya que los acusados ejecutaron el hecho mediante una “división de trabajo funcional en el marco del programa del hecho conjunto”, por lo que el hecho de que fueran dos autores correspondería a una necesidad. Por último, el tribunal decide que tampoco aplicará los casos de reincidencia previstos en los números 15 y 16 del citado art. 12, pues para ello es necesario que el condenado haya cumplido efectivamente la pena anterior, lo que no ocurrió en la especie pues el tribunal que lo sentenció aplicó una pena privativa de libertad simbólica, esto es, que no debía ser cumplida en el futuro sino que se tuvo por cumplida por el mayor tiempo que el sentenciado estuvo privado de libertad y este Tribunal estima que ni en el antiguo sistema penal ni menos aún en el actual, la prisión preventiva puede ser considerada pena.

Boletín de Jurisprudencia del Ministerio PúblicoFALLOS

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Resumen referencial elaborado a partir de jurisprudencia pública chilena. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.