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El Consejo para la Transparencia conoció un amparo al derecho de acceso a la informació…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2026

Resumen

El Consejo para la Transparencia conoció un amparo al derecho de acceso a la información interpuesto por un requirente contra la Subsecretaría de Salud Pública. El Consejo constató que, a la fecha del reclamo, la derivación de la solicitud no había sido notificada al requirente, por lo que la parte reclamante carecía de un elemento habilitante para deducir el amparo. En consecuencia, lo declaró inadmisible. Sin perjuicio de ello, dejó expresamente a salvo que, si el organismo no respondiera dentro del plazo legal, el requirente podría presentar una nueva reclamación, o bien deducir un nuevo amparo dentro de quince días hábiles desde la eventual negativa. Contra esta decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, pero no el recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el organismo público no notifica la derivación de mi solicitud de transparencia y luego presento un amparo?

En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el amparo porque, a la fecha del reclamo, la derivación de la solicitud no había sido notificada al requirente, quien carecía de un elemento habilitante para deducirlo.

¿Puedo presentar un nuevo amparo al Consejo para la Transparencia si la Subsecretaría no responde mi solicitud?

Sí. El Consejo dejó a salvo que, si el organismo no responde dentro del plazo legal, el requirente puede presentar una nueva reclamación o deducir un nuevo amparo dentro de quince días hábiles desde la eventual negativa.

¿Contra una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo procede reposición o reclamo de ilegalidad?

En este caso, el Consejo sostuvo que contra su decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva, pero no el recurso de reposición.

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