El trabajador que en virtud de la Ley Nº20.486, podía impetrar el aguinaldo de navidad…
Dictamen · Dirección del Trabajo · 2011
Resumen
El trabajador que en virtud de la Ley Nº20.486, podía impetrar el aguinaldo de navidad del artículo 2º y el bono especial previsto en el artículo 32, ambos de dicho cuerpo legal, respecto de dos o más empleadores, sólo tuvo derecho a percibirlo de aquel con quien tenía pactada la remuneración de monto mayor.
Normas citadas
Ley N° 20.486
Ley N° 2.465
Decreto ley N° 2.465
Ley N° 20.313
D.F.L. N° 2
Artículo 32 de la Ley N° 20.486
Artículo 25 de la Ley N° 20.313
Ley N° 3.058
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