Laboral

1) Los bonos especiales esta­blecidos en el artículo 31 de la ley Nº 19.649, y el bono…

Dictamen · Dirección del Trabajo · 2000

Resumen

1) Los bonos especiales esta­blecidos en el artículo 31 de la ley Nº 19.649, y el bono especial previsto en el ar­tículo 32 de la ley 19.595 pudieron ser percibidos por el trabajador respecto de un solo empleador. 2) El bono es­pe­cial no imponi­ble concedido por el artícu­lo 2º de la ley Nº 19.­485, pudo ser percibido por el traba­ja­do­r respecto de todos sus em­pleadores.

Normas citadas

  • Ley N° 19.649
  • Ley 19.595
  • Ley N° 19.485
  • Artículo 31 de la ley N° 19.649
  • Artículo 20 de la ley 19.485
  • Artículo 32 de la ley N° 19.595
  • Ley N° 19.564
  • Artículo 6º de la ley N° 19.564

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