Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoció de un recurso de protección interpuesto por Mónica Patricia Fuentes Sáez contra la Ilustre Municipalidad de Lebu, tras ser desvinculada por salud incompatible. La Compin declaró su salud recuperable, pero la municipalidad igualmente puso término a su vínculo estatutario. El tribunal analizó la distinción entre salud irrecuperable e incompatible, señalando que la declaración de vacancia por salud incompatible requiere que no medie declaración de irrecuperabilidad o que se hayan superado seis meses de licencia en dos años. Al existir una declaración firme de salud recuperable, la actuación municipal resultó ilegal y vulneró los derechos fundamentales de la recurrente. En consecuencia, la Corte acogió el recurso, eliminando la parte considerativa de la sentencia en alzada y declarando la ilegalidad del acto.