Resumen del criterio jurisprudencial
La Corte Suprema conoce un recurso de protección interpuesto por Viviana Cecilia Sanzana Rebolledo contra la Ilustre Municipalidad de Concepción, impugnando la declaración de vacancia de su cargo por salud incompatible. La sentencia distingue entre la declaración de vacancia por salud irrecuperable y por salud incompatible, señalando que esta última no requiere una declaración de irrecuperabilidad, sino que se funda en el uso excesivo de licencias médicas. El tribunal analiza los artículos 150 letra a) y 147 letra a) de las Leyes N°18.834 y N°18.883, así como los artículos 151 y 152 del Estatuto Administrativo y sus equivalentes municipales. Se concluye que el acto administrativo se ajustó a derecho, pues se basó en la declaración previa de salud recuperable de la recurrente y en el hecho acreditado de haber hecho uso de licencias médicas por más de 180 días en dos años. No se demostró arbitrariedad ni desviación de poder. En virtud del principio de servicialidad, los jefes de servicios deben velar por la continuidad de la prestación de los servicios públicos. Por ello, se confirma la sentencia apelada y se rechaza el recurso de protección.