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El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra la Subsecretaría de S…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia acogió un amparo deducido contra la Subsecretaría de Salud Pública, que había denegado el acceso a información sobre la cantidad de casos de interrupción voluntaria del embarazo, por causal, reportados por la Clínica Las Condes durante 2023. La discusión giró en torno a si la entrega de esa información afectaba las funciones de la reclamada, los derechos de terceros o el interés nacional en materia de salud pública. El Consejo concluyó que se trata de información meramente estadística y de naturaleza pública, y que las causales de denegación invocadas no estaban debidamente fundadas. En consecuencia, ordenó la entrega de la información y apercibió a la autoridad con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia en caso de incumplimiento, exigiendo acreditar la entrega dentro de plazo.

Normas citadas

  • Ley N° 19.628
  • Ley N° 21.030
  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley N° 20.584
  • Resolución Exenta N° 1734
  • Artículo 2º de la Ley N° 19.628
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Puede un organismo público negar información estadística sobre interrupciones voluntarias del embarazo alegando afectación de sus funciones o de terceros?

En este caso, el Consejo para la Transparencia concluyó que se trataba de información meramente estadística y de naturaleza pública, y que las causales de denegación invocadas no estaban debidamente fundadas. Por eso acogió el amparo y ordenó la entrega.

¿Qué ocurre si un organismo no entrega la información que el Consejo para la Transparencia ordena entregar?

En este caso, el Consejo apercibió a la autoridad con las sanciones del artículo 46 de la Ley de Transparencia en caso de incumplimiento y le exigió acreditar la entrega dentro de plazo.

¿El interés nacional en salud pública permite justificar la reserva de datos estadísticos de salud solicitados por una persona?

En este caso, el Consejo analizó si la entrega afectaba el interés nacional en materia de salud pública y concluyó que las causales de denegación no estaban debidamente fundadas, por lo que ordenó la entrega de la información.

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