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El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo contra la Tesorería General de la R…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia resolvió un amparo contra la Tesorería General de la República, que había denegado el acceso a resoluciones de incobrabilidad de contribuyentes de los años 2021, 2022 y 2023. El Consejo acogió parcialmente el amparo y ordenó entregar copia de dichas resoluciones, tarjando toda información sobre contribuyentes morosos de obligaciones tributarias. Rechazó el amparo respecto de los antecedentes de esos contribuyentes morosos, por concurrir las causales de reserva del artículo 21 N°2 (afectación de derechos comerciales y económicos) y del artículo 21 N°1 letra c) (distracción indebida de funcionarios por la notificación a más de 3.000 contribuyentes) de la Ley de Transparencia, criterio fundado en fallos de la Corte Suprema y de la Corte de Apelaciones de Santiago. Contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 18.575
  • Ley 19.628
  • D.F.L. N° 1
  • Código Tributario
  • Oficio Ordinario N° 40414
  • Artículo 20 de la Ley 19.628
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Se pueden pedir por transparencia las resoluciones de incobrabilidad de contribuyentes morosos de la Tesorería General de la República?

En este caso, el Consejo para la Transparencia acogió parcialmente el amparo y ordenó entregar copia de las resoluciones de incobrabilidad, tarjando toda la información sobre contribuyentes morosos de obligaciones tributarias. Rechazó el acceso a los antecedentes de esos contribuyentes por las causales de reserva del artículo 21 N°2 y N°1 letra c) de la Ley de Transparencia.

¿Qué causales de reserva de la Ley de Transparencia impiden entregar datos de contribuyentes morosos del Servicio de Tesorerías?

El Consejo sostuvo que concurren la afectación de derechos comerciales y económicos (artículo 21 N°2) y la distracción indebida de funcionarios por notificar a más de 3.000 contribuyentes (artículo 21 N°1 letra c)). El criterio se fundó en fallos de la Corte Suprema y de la Corte de Apelaciones de Santiago.

¿Contra una decisión del Consejo para la Transparencia que deniega parcialmente un amparo, qué recurso procede?

En este caso, el resumen indica que contra la decisión procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones respectiva. No se detallan en el resumen los plazos ni otros requisitos de ese reclamo.

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