Resumen
La Contraloría General de la República se pronunció sobre la situación de una exfuncionaria de la Superintendencia de Educación que reclamaba beneficios previsionales. El organismo concluyó que la solicitante tiene derecho al bono postlaboral de la ley N° 20.305, siempre que cumpla los demás requisitos legales, pero no al bono especial de permanencia del artículo 8° de la ley N° 20.734. Lo decisivo fue que, al momento de cesar en sus funciones, la interesada era contratada y estaba asimilada a la planta administrativa, y la norma exige desempeñarse en las plantas de profesionales, directivos, fiscalizadores o jefaturas, o en cargos asimilados, al cesar. Para ello el dictamen se apoyó en su criterio previo sobre la materia. Finalmente, instruyó a la Tesorería General de la República a arbitrar las medidas para el pago del bono postlaboral, verificados los requisitos.