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La Contraloría General de la República se pronunció sobre un recurso en que una empresa…

Dictamen · Contraloría General de la República · 2018

Resumen

La Contraloría General de la República se pronunció sobre un recurso en que una empresa sancionada con multas laborales discutía la sustitución de las mismas. El dictamen concluye que no consta que la empresa haya cumplido el artículo 506 ter del Código del Trabajo, que exige incorporarse a un programa de asistencia al cumplimiento dentro de los 60 días siguientes a la autorización de la sustitución de multas por parte de la Inspección Comunal del Trabajo. Los certificados presentados por la empresa, emitidos por el Instituto de Seguridad Laboral, no bastaron para acreditarlo: uno fue emitido antes de la autorización y no acredita la totalidad de las medidas correctivas ni la implementación de un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo; el otro solo acredita la incorporación al programa, pero no que ello ocurriera dentro del plazo legal. Incluso considerando como fecha de notificación el 28 de febrero de 2017, la empresa no acreditó el cumplimiento de lo ordenado en la resolución N° 63 de 2017.

Normas citadas

  • Ctr art/506 ter inc/1 num/1
  • Ctr art/506 ter inc/3
  • Ctr art/508
ContraloríaCGRdictamen

Preguntas frecuentes

¿Qué ocurre si una empresa no se incorpora al programa de asistencia al cumplimiento dentro del plazo cuando se le autorizó sustituir multas laborales?

En este caso, la Contraloría sostuvo que no consta que la empresa haya cumplido el artículo 506 ter del Código del Trabajo, que exige incorporarse al programa dentro de los 60 días siguientes a la autorización de la sustitución por la Inspección Comunal del Trabajo.

¿Un certificado del Instituto de Seguridad Laboral basta para acreditar el cumplimiento de un programa de asistencia al cumplimiento laboral?

En este caso, no bastaron los certificados presentados: uno fue emitido antes de la autorización y no acredita todas las medidas correctivas ni un sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo, y el otro solo prueba la incorporación al programa, pero no que ocurriera dentro del plazo legal.

¿Cambia el resultado si se toma como fecha de notificación una posterior a la autorización de la sustitución de multas?

En este caso, la Contraloría sostuvo que, aun considerando como fecha de notificación el 28 de febrero de 2017, la empresa no acreditó el cumplimiento de lo ordenado en la resolución N° 63 de 2017.

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