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La ilustrísima corte de apelaciones de puerto montt, confirmó sentencia dictada por el…

Sentencia · Tribunal Tributario y Aduanero · 2012

Resumen

La ilustrísima corte de apelaciones de puerto montt, confirmó sentencia dictada por el tribunal tributario y aduanero de la región de los lagos, a través de la cual no se dio lugar al reclamo presentado el contribuyente en contra de una resolución exenta, dictada por la x dirección regional de los lagos del servicio de impuestos internos, denegando la devolución de $ 8.172.832 por concepto de pagos provisionales mensuales, créditos por gastos de capacitación y pagos provisionales por utilidades absorbidas, al no haberse acreditado la perdida tributaria ni los créditos por concepto de impuesto de primera categoría. al respecto estimó el tribunal que con la prueba aportada en autos no se pudo tener por establecido algunos de los hechos controvertidos, especialmente referente al resultado del ejercicio comercial del contribuyente; la pérdida tributaria; monto de los pagos provisionales por utilidades absorbidas, siendo así insuficientes los antecedentes aportados por el reclamante para acreditar sus pretensiones y consecuencialmente, siendo improcedente la devolución.

Normas citadas

  • Ley de Impuesto a la Renta
  • Código Tributario
  • Ley N° 19.518
  • D.L. 824
  • Resolución Exenta N° 110201000323
  • Ley 20.322
  • Artículo 36 de la ley 19.518
  • Ley 20.332

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