Resumen del criterio jurisprudencial
La ilustrísima corte de apelaciones de puerto montt, confirmó sentencia dictada por el tribunal tributario y aduanero de la región de los lagos, a través de la cual no se dio lugar al reclamo presentado por el contribuyente en contra de la resolución exenta, dictada por la x dirección regional de los lagos del servicio de impuestos internos, denegando la devolución de $ 9.738.949 por conceptos de pagos provisionales mensuales y créditos por gastos de capacitación, al no haberse acreditado el derecho a la devolución solicitada. al respecto estimó el tribunal que no se ha establecido en el proceso el resultado del ejercicio comercial respectivo ni su monto, no estando así establecido si la reclamante obtuvo pérdidas o utilidades, como el hipotético monto de las mismas, razón por lo cual, no se pudo establecer si las sumas retenidas debían imputarse al impuesto a la renta o bien procederse a su devolución.