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El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por un particular en con…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2025

Resumen

El Consejo para la Transparencia rechazó un amparo interpuesto por un particular en contra de la Superintendencia de Pensiones, que buscaba la entrega íntegra del expediente de un sumario administrativo. El Consejo constató que el órgano entregó la información requerida, aplicando los criterios del propio Consejo y tarjando los datos de identidad, datos personales, datos sensibles y datos de contexto, conforme a lo señalado en sus descargos. Por ello, se concluyó que la Superintendencia actuó conforme a la normativa vigente. La resolución fue adoptada por unanimidad de los consejeros presentes y, contra ella, procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante dentro de 15 días corridos desde su notificación.

Normas citadas

  • Ley N° 20.285
  • Ley N° 19.880
  • Ley N° 19.628
  • Resolución exenta N° 572
  • Ley N° 18.575
  • Resolución exenta N° 474
  • Resolución exenta N° 501
  • Resolución exenta N° 775, de 2024
amparoDecisión de Fondo

Preguntas frecuentes

¿Un organismo público debe entregar íntegro el expediente de un sumario administrativo cuando alguien lo pide por transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia rechazó el amparo porque la Superintendencia de Pensiones entregó la información solicitada, tarjando datos de identidad, datos personales, datos sensibles y datos de contexto. Concluyó que el órgano actuó conforme a la normativa vigente.

¿Qué pasa si un organismo entrega un sumario administrativo con datos tarjados y el solicitante no está de acuerdo?

En este caso, el Consejo estimó que el tarjado aplicado por el órgano se ajustó a sus criterios y a la normativa, por lo que no acogió el amparo. Contra esta resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro de 15 días corridos desde su notificación.

¿Cuál es el plazo para reclamar de ilegalidad una decisión del Consejo para la Transparencia?

En este caso, el Consejo para la Transparencia indicó que contra su resolución procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones del domicilio del reclamante, dentro de 15 días corridos desde su notificación. La resolución fue adoptada por unanimidad de los consejeros presentes.

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