Resumen
El Consejo para la Transparencia acogió un amparo presentado contra la Corporación Municipal de Puerto Natales, que había negado el acceso a los contratos de trabajo, históricos y vigentes, de una funcionaria. El Consejo ordenó su entrega por considerar que la función pública debe ejercerse con probidad y transparencia, obligación de rango constitucional. Desestimó la causal de reserva por afectación de derechos de las personas invocada por la tercera interesada, por no haberse acreditado una expectativa razonable de daño o afectación. En aplicación del principio de divisibilidad, ordenó tarjar previamente los datos personales de contexto, como domicilio, teléfono, correo electrónico y RUT. Se fijó un plazo de cinco días hábiles desde que la decisión quede ejecutoriada para cumplir y acreditar la entrega.