El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la informaci…
Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024
Resumen
El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la información interpuesto por un particular contra la Municipalidad de Cauquenes, relativo a información sobre la suspensión de un proceso sumarial. El Consejo constató, al analizar la admisibilidad, que no era claro cuál era la infracción atribuida al órgano reclamado. Conforme al artículo 46 del Reglamento, se le otorgó al reclamante la oportunidad de subsanar u aclarar su presentación en un plazo de cinco días hábiles, bajo apercibimiento de inadmisibilidad, y no realizó presentación alguna. Por ello, y en virtud de los artículos 24 de la Ley de Transparencia y 46 del Reglamento, se resolvió declarar inadmisible el amparo, decisión adoptada por unanimidad de los miembros presentes y contra la cual no procede el recurso de reposición.
Normas citadas
Ley de Transparencia
Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros
Preguntas frecuentes
¿Qué pasa si un amparo de acceso a la información no indica claramente la infracción que se le atribuye al órgano reclamado?
En este caso, el Consejo para la Transparencia constató que no era claro cuál era la infracción atribuida y otorgó al reclamante cinco días hábiles para subsanar o aclarar su presentación, bajo apercibimiento de inadmisibilidad. Como no hizo presentación alguna, declaró inadmisible el amparo conforme al artículo 46 del Reglamento y al artículo 24 de la Ley de Transparencia.
¿Puedo reclamar si el Consejo para la Transparencia declara inadmisible mi amparo por acceso a la información?
En este caso, la resolución fue adoptada por unanimidad de los miembros presentes y se indica que contra ella no procede el recurso de reposición. El resumen no señala otros recursos disponibles.
¿Qué plazo tiene el reclamante para subsanar un amparo ante el Consejo para la Transparencia cuando la presentación no es clara?
En este caso, el Consejo otorgó un plazo de cinco días hábiles para subsanar o aclarar la presentación, conforme al artículo 46 del Reglamento de la Ley de Transparencia. Si no se responde dentro de ese plazo, el amparo puede declararse inadmisible.
Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.
Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona
Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.