Constitucional AIIniciar sesión
Inicio›Jurisprudencia›Derecho administrativo
AdministrativoInadmisible

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la informaci…

Resolución · Consejo para la Transparencia · 2024

Resumen

El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la información interpuesto por una vecina contra la Municipalidad de Ancud. La recurrente reclamaba por la falta de respuesta a una solicitud relativa a la recuperación de un espacio público. El Consejo concluyó que el reclamo corresponde al derecho de petición y no al de acceso a la información pública, por lo que no es procedente tramitarlo por esta vía. La resolución deja a salvo que la recurrente formule en el futuro una solicitud de acceso a la información, identificando con precisión el acto o documento requerido, y que pueda recurrir nuevamente en los plazos del artículo 24 de la Ley de Transparencia. Contra lo resuelto procede reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones dentro de 15 días corridos desde la notificación, y no procede el recurso de reposición.

Normas citadas

  • Ley de Transparencia
  • Reglamento de la Ley de Transparencia
amparoDecisión de inadmisibilidadOtros

Preguntas frecuentes

¿Procede un amparo de acceso a la información pública si la solicitud es en realidad una petición de respuesta sobre un asunto municipal?

En este caso, el Consejo para la Transparencia declaró inadmisible el amparo porque el reclamo correspondía al derecho de petición y no al de acceso a la información pública, por lo que no podía tramitarse por esa vía.

¿Qué puede hacer una persona si fue declarado inadmisible su amparo de acceso a la información?

En este caso, el Consejo dejó a salvo que la persona presente en el futuro una solicitud de acceso a la información identificando con precisión el acto o documento requerido, y que pueda recurrir nuevamente dentro de los plazos del artículo 24 de la Ley de Transparencia.

¿Contra una resolución del Consejo para la Transparencia que declara inadmisible un amparo procede reposición o reclamo de ilegalidad?

En este caso, el Consejo sostuvo que no procede el recurso de reposición, sino el reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones, dentro de 15 días corridos desde la notificación.

Más jurisprudencia de derecho administrativo de 2024 →

Lee el documento completo

Con tu cuenta ves el rol de la causa, la fecha, las partes y el texto íntegro, y puedes analizarlo con inteligencia artificial. Crear la cuenta es gratis y trae 3 créditos de regalo, unas 10 consultas, sin tarjeta de crédito.

Ver el documento completoYa tengo cuenta

La IA lo lee completo y te responde citando el fallo y la jurisprudencia relacionada.

Te pedimos crear una cuenta gratis para responderte.

Jurisprudencia relacionada

  • El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo de acceso a la informaci…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2022

  • El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información pública p…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2026

  • El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información presentad…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2021

  • El Consejo para la Transparencia conoció un amparo de acceso a la información interpues…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2026

  • El Consejo para la Transparencia declaró inadmisible un amparo presentado contra una mu…

    Resolución · Consejo para la Transparencia · 2023

Constitucional AI es inteligencia artificial legal para abogados en Chile: busca en sentencias, dictámenes y oficios y responde citando sus fuentes. Conoce cómo funciona

Resumen referencial elaborado a partir de documentos públicos chilenos. Los nombres de las personas se reducen a iniciales. Tiene carácter informativo, puede contener imprecisiones y no constituye asesoría legal.